Socios

ARTÍCULO 39.- Los autores tienen el derecho exclusivo de autorizar o prohibir la utilización de sus obras por cualquier medio o proceso. (Ley del derecho de autor).
A los autores la gestión individual les resulta cada vez más difícil, incluso imposible, controlar el mercado en el cual su música se está explotando; por esta razón, es que los autores de los diferentes países del mundo se vieron en la necesidad de formar asociaciones de gestión colectiva, con el objetivo de facilitar la protección y recaudación de sus derechos.

DISTRIBUCION DE DERECHOS
La distribucion de derechos se lleva a cabo conforme a los principios y normas internacionales, el reglamento de distribución aprobado y registrado en la Oficina Administrativa de los derechos de autor.

¿COMO SE DISTRIBUYEN LOS DERECHOS?
a) Los derechos que se cobran derivados de los conciertos son distibuidos cada seis (6) meses.
b) Los pagos provenientes de usuarios generales como la Radio, Televisión, Restaurantes bares, Discotecas, Centros comerciales, Supermercados etc., se distribuyen cada seis meses o cada año.
¡¡¡Regístrese como socio de AACIMH!!!
Recuerde que para ser socio de AACIMH, usted no debe pertenecer a ninguna otra entidad de Gestión Colectiva de derechos de autor. Para registrarse contáctenos a nuestros teléfonos: 232-63-11 / 232-63-36. E-mail: socios@aacimh.org.

BENEFICIOS DEL SOCIO
PROGRAMA DE ASISTENCIA SOCIAL
AACIMH, consciente y solidaria con la difícil situación que atraviesan muchos socios, ha desarrollado un Programa de Asistencia Social, con la intención de ayudar a mejorar la calidad de vida de los socios.
Este programa es coordinado por la Comisión de Asistencia Social adscrita al Consejo Directivo, ofrece a todos los socios activos, los siguientes beneficios:
Asistencia Médica Privada:
Brinda la oportunidad de asistir a consultas médicas privadas con un monto equivalente a L.150.00 cada cuatro meses.
Compra de Medicinas:
Ofrece ayuda para adquirir medicamentos con una disponibilidad de L. 150.00 cada cuatro meses.
Seguro de vida
Pago de un 50% de un seguro de vida por un monto de 50,000.00 lempiras, que incluye accidentes personales y gastos fúnebres por el fallecimiento del socio.
Beneficio económico al socio de la tercera edad:
Este beneficio será otorgado únicamente a los socios mayores de 60 años y con más de 10 años de antigüedad. El subsidio será de 300 lempiras cada tres meses.